El certificado energético es un documento en el que se señala la eficiencia energética de un edificio y que toda persona que compre o alquile una vivienda debe recibir de parte del propietario o arrendador.
Se trata de un documento donde viene especificada la calidad del aislamiento y confort térmico de su vivienda, para lo que se consideran la calidad y características de calefacción, ventanas y aislamientos.
Cuando hablamos de este certificado pueden surgir múltiples dudas acerca de él, por lo que les vamos a ofrecer un listado de las principales dudas que pueden surgir cuando hablamos de implantar un certificado energético.
¿Estoy obligado a tener un certificado energético?
El propietario o promotor de un inmueble es el responsable de encargar el informe para realizar el Certificado de Eficiencia Energética al Técnico Certificador.
¿Cuánto cuesta un certificado energético?
Esta es una de las primeras dudas que nos pueden surgir, y depende de diversas variables, por lo que le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros, y le asesoraremos acerca de si su vivienda o local debe tener un certificado de eficiencia energética.
Si su inmueble requiere la certificación energética, una vez nos solicite y apruebe nuestro presupuesto uno de nuestros técnicos certificadores realizará una visita a su inmueble y emitirá su certificado energético en un plazo reducido de tiempo.
¿Qué inmuebles están obligados a tenerlo?
Desde el 1 de Junio de 2013 es obligatorio para todos los edificios y locales existentes
La obligación de tener el certificado energético surge en el mismo momento en el que se dispone a realizar una operación de alquiler o compraventa de un inmueble.
¿Qué inmuebles no están obligados a tener certificado energético?
Hay que tener en cuenta que estas excepciones son mencionadas de forma tan escueta en la legislación que suelen surgir dudas y controversias
Son las siguientes:
- Edificios protegidos debido a su valor arquitectónico o histórico
- Edificios o partes de los mismos destinado a culto o actividades religiosas
- Las edificaciones que por sus características de uso deban permanecer abiertas
- Edificios industriales, agrícolas y militares de baja demanda energética
- Construcciones provisionales que van a ser utilizadas por un máximo de 2 años
- Edificios que son adquiridos para demoler o reformar
- Edificios o parte de edificios aislados de una superficie útil menor de 50m2
- edificios de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, y que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas
- Viviendas que sean usadas por menos de 4 meses al año y que tengan un consumo menor del 25% de la energía que se consumiría si se usara durante todo el año
Como hemos comentado, lo más recomendable es consultar a un técnico profesional.
¿Cómo se realiza un certificado energético?
El proceso de certificación energética comienza con una inspección y toma de datos del inmueble a certificar, donde se verifican los datos relativos a la identificación de dicho inmueble, superficies, envolventes térmicas e instalaciones.
Posteriormente, el técnico certificador emite un informe donde se indica la calificación energética que ha recibido el inmueble, asignándole una determinada categoría en una etiqueta energética, semejante a la usada para ciertos electrodomésticos.
En la etiqueta de certificado energético se expresan, además de la citada calificación, una serie de valores estimados del consumo de energía del inmueble con respecto a su calefacción, refrigeración y agua caliente, con lo que se obtiene una visión global de la eficiencia energética del mismo. En SalBur somos arquitectos técnicos especializados en certificación energética de viviendas y edificios. Nuestros profesionales están en una formación continua, por lo que no dudes en contactar con nosotros ante cualquier duda que te pueda surgir.